lunes, 17 de agosto de 2009

Llama la CNDH al IMSS a proteger a niños de la guardería. Nota de Notimex, 17 de agosto del 2009.



ADRIÁN JIMÉNEZ

Como respuesta a las quejas presentadas por los padres de 32 menores de edad lesionados en la tragedia de la Guardería ABC, en Hermosillo, Sonora, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) instó al director general de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Daniel Karam Toumeh, a otorgar medidas preventivas de protección a los infantes y sus familiares para que reciban indudablemente los cuidados que su situación requiere.

Los padres de los menores afectados señalaron en sus quejas que los menores lesionados no están recibiendo la atención médica adecuada, que a las madres que laboran no se les otorgan las incapacidades respectivas, que el IMSS no ha proporcionado los servicios ofrecidos de cuidados maternos y que no se ha hecho cargo de los gastos generados por la atención y el traslado a Sacramento, California, de una infante lesionada que fue atendida en los Estados Unidos de América.

Mediante el oficio número 36897. La Comisión Nacional solicitó al director general del IMSS, Daniel Karam que dicte instrucciones para que se preste a los niños lesionados por el incendio del 5 de junio en la Guardería ABC, la atención médica que requieran hasta alcanzar su absoluta recuperación.

De igual manera, pidió que se ordene el cumplimiento de los términos establecidos en el acuerdo ACDO.AS1.HCT.100609/126.P.DG, pronunciado el 10 de junio de 2009 por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante el cual se autorizó entre otros conceptos la atención médica, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, psicológica y de rehabilitación necesaria a los menores lesionados, así como la ayuda a los padres, tutores o a la persona que ejerciera la patria potestad de cada menor fallecido u hospitalizado, además de hacerse cargo de los costos asociados a los traslados de los padres cuyos hijos hubieran sido remitidos a otros centros médicos, su hospedaje y alimentación.

Las disposiciones cautelares se solicitaron por un período de 30 días, que podrá ser prorrogado por el tiempo necesario, y que encuentra su fundamento en los artículos 40 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como 116, 117 y 118 del Reglamento Interno de esta institución.